¿Qué dice la Ley de Contrato de Seguro?

Para que los asegurados puedan conocer al detalle las normas sobre pólizas de seguros en España, es de vital importancia conocer la Ley de Contrato de Seguro.
La Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, es la norma jurídica por la que se rigen los contratos de seguros en España. A la hora de contratar una póliza, es muy importante tener claros cuáles son nuestros derechos y obligaciones.
Por eso, la ayuda de un corredor de seguros que esté al tanto de todos los aspectos legales esenciales será de ayuda para que puedas tener claridad en todos los aspectos, desde siniestros a finalizaciones y por supuesto a las condiciones de finalización del contrato de seguros.
Aspectos clave de la Ley de Contrato de Seguro
Veamos algunos elementos clave sobre la Ley de Contrato de Seguro en España.
En el artículo 8 se detallan todos los elementos que deben aparecer en el contrato. Estos son:
- Nombre y apellidos de las partes contratantes
- El concepto del seguro
- La naturaleza de los riesgos
- Los objetos asegurados
- La cuantía o alcance de la cobertura
- El importe de las primas (con recargos e impuestos)
- Plazos de vencimiento y forma de pago
- Fecha de inicio y hora en la que empieza y finaliza el contrato
- Si interviene un mediador de seguros
Otro aspecto importante que podrás observar en el artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro es el plazo para comunicar al asegurador que se ha producido un siniestro. La ley marca un máximo de 7 días tras conocerse el siniestro, si bien la póliza podría incluir un plazo mayor. Sin embargo, si no avisas dentro del plazo, el asegurador puede reclamar daños y perjuicios.
El artículo 18 nos habla sobre el plazo que tiene el asegurador para pagar la indemnización, en caso de que se haya producido el siniestro cubierto por la póliza. Este plazo es de 40 días, si bien debes tener en cuenta que puede retrasarse si hay pendiente de enviar a la aseguradora la documentación que justifique el siniestro.
El artículo 22 de la Ley 50/1980 hace referencia a la duración de las pólizas. El máximo que marca la ley es de 10 años. Sin embargo, el tomador de seguros puede oponerse a la prórroga de un contrato si avisa por escrito con un mes de anticipación, por lo que debes estar al tanto.
Evita errores al contratar o finalizar tus pólizas de seguro
Contar con la ayuda de un mediador de seguros es muy importante para no cometer errores. Un corredor de seguros conoce a fondo la Ley 55/1980 y puede aconsejarte acerca de las posibilidades que tienes a la hora de contratar una póliza, así como también informarte sobre tus derechos y obligaciones.
Ten en cuenta que, según el artículo 21 de la Ley de Contrato de Seguro, las comunicaciones que realice un corredor de seguros al asegurador en el nombre del tomador de seguros tienen los mismos efectos que si las hubieras hecho tú, por lo que nuestra labor como intermediarios te ahorra esfuerzo y papeleo. Contacta ahora con nosotros para solicitar nuestro asesoramiento.
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